¿POR QUÉ INVERTIR EN URUGUAY?

Beneficios fiscales

Libertad cambiaria

Grado inversor

Fuerte estabilidad política y social: regla de juego claras

Solidez macroeconómica

Rentabilidad por encima del mercado argentino


EXONERACIÓN IMPOSITIVA Ley 18795


- IRPF/IRNR-Impuesto a la ganancia: Exoneración a la primera venta y a la totalidad de las ganancias obtenidas por alquileres

- Impuesto al patrimonio-bienes personales: Exoneración del 100% de dicho impuesto

- Impuesto a las trasmisiones patrimoniales: Exoneración total, tanto para el vendedor como para el comprador en la primera declaración

- IVA: Si bien la primera enajenación de inmuebles está gravada en Uruguay, la presente ley exonera dicho impuesto. Posteriores enajenaciones no están alcanzadas por el tributo.

Plazo de exoneración: 10 años



RENTABILIDAD

Inmuebles promovidos

Inmuebles no promovidos

Rentabilidad requerida de mercado

8,5 %

3,0 %

7,0 %




EMPRENDIMIENTOS